Nuevo requisito para gestionar la Licencia de Conducir Profesional categoría D

La Dirección General de Prevención y Seguridad Vial informó la entrada en vigencia del Decreto Nº 835/2026-E-GER-GOB, mediante el cual se establecen nuevas disposiciones para la emisión de licencias profesionales interjurisdiccionales de las clases C, D y E en la provincia de Entre Ríos.
Entre las modificaciones incorporadas, se establece como requisito obligatorio y excluyente para tramitar la Licencia Profesional Clase D, en todas sus subclases, no figurar en el Registro de Deudores Alimentarios de la provincia. La medida se enmarca en la adhesión a los requisitos establecidos por el Decreto 196/2025.
Desde el organismo provincial señalaron que la Dirección General de Prevención y Seguridad Vial será la autoridad encargada de solicitar, recepcionar y evaluar la información correspondiente para validar la aptitud de cada trámite.
Asimismo, se indicó que los trámites vinculados a la categoría D4 asociada a clases particulares (A o B) no impactan automáticamente en el Sistema de Infracciones y Antecedentes Federales (SIAF), lo que impide realizar el control digital habitual. Por este motivo, de manera transitoria, los Centros Emisores de Licencias deberán solicitar a cada postulante el Certificado de Libre Inscripción en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos.
El certificado es gratuito y puede gestionarse de manera online a través del portal oficial del Gobierno de Entre Ríos: Portal de Formularios del Gobierno de Entre Ríos.
Cabe señalar, que para realizar el trámite se requiere contar con un correo electrónico, el plazo de emisión es de hasta 48 horas y la validez del certificado es de 60 días.
Finalmente, una vez presentada la documentación correspondiente, el Centro Emisor validará la aptitud del solicitante para continuar con el trámite de la licencia profesional.
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